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ORDEN de 8 de enero de 2004, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Cuarta (de refuerzo), de Zaragoza, del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el recurso contencioso-administrativo promovido por doña Mercedes Pérez Marzo.

Publicado el 19/01/2004 (Nº 8)
Sección: BOA V. Anuncios - Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA COMERCIO Y TURISMO

Texto completo:

ORDEN de 8 de enero de 2004, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Cuarta (de refuerzo), de Zaragoza, del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el recurso contencioso-administrativo promovido por doña Mercedes Pérez Marzo.

En recurso contencioso-administrativo seguido en el procedimiento ordinario nº 8/2000-C, a instancia de Dª Mercedes Pérez Marzo, en calidad de demandante, representada por la Procuradora Sra. García del Val y asistida del Letrado Sr. Marín López, y como demandadas, la Diputación General de Aragón, representada y defendida por el Letrado Sr. De Pedro y Eléctricas Reunidas de Zaragoza, representada por el Procurador Sr. Bozal y asistida del Letrado Sra. Barrachina, siendo objeto de impugnación, la resolución de 28 de mayo de 1999, del Consejero de Economía, Hacienda y Fomento, por la que se declara la utilidad pública de la línea eléctrica a 220 kv en el Burgo de Ebro; la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta (de refuerzo) de Zaragoza del Tribunal Superior de Justicia de Aragón con fecha 9 de septiembre de 2003 dictó sentencia, cuya parte dispositiva contiene el siguiente pronunciamiento

«Fallo: 1º Que desestimando el recurso Contencioso Administrativo número 8/2000-C interpuesto por Dª Mercedes Pérez Marzo frente a la Diputación General de Aragón y Eléctricas Reunidas de Zaragoza, debo absolver y absuelvo a las demandadas de los pedimentos contenidos en la demanda, condenando a la recurrente al pago de las costas procesales».

En consecuencia, siendo firme dicha sentencia, según certificación literal de la misma, extendida por el Secretario Judicial de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) de Zaragoza del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, con fecha 17 de diciembre de 2003.

Dispongo la publicación del referido fallo y que se cumpla en sus propios términos la sentencia, según lo previsto en el artículo 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Zaragoza, 8 de enero de 2004.-El Consejero de Industria, Comercio y Turismo, Arturo Aliaga López.